Consciente de la situación vivida desde el 18 de octubre en el país, y procurando asegurar el Derecho a la Educación de nuestros estudiantes, el Ministerio de Educación ha dado flexibilidad a los establecimientos con el propósito resguardar la integridad y seguridad de todos los estudiantes, profesores, asistentes de la educación y directores.
En este sentido, valoramos el compromiso de los establecimientos educacionales que han hecho un esfuerzo importante por cautelar el logro de los aprendizajes y mantenerse como un espacio protector, de contención y de diálogo para sus estudiantes.
De acuerdo a lo anterior, el Ministerio de Educación ha considerado pertinente entregar las siguientes orientaciones:
I . Calendario Escolar
El calendario escolar regional de 2019 en general establece como fechas de cierre el 6 de diciembre para los establecimientos educacionales con Jornada Escolar Completa y el 20 de diciembre para aquellos que no tienen Jornada Escolar Completa (a excepción de las regiones de Magallanes y Aysén), fechas que se mantendrán sin modificaciones.
Por otra parte, solo las clases no realizadas desde el 21 de octubre hasta la fecha del presente oficio no deberán recuperarse en la medida que los objetivos pedagógicos se hayan cumplido. Con todo, los aprendizajes deberán ser reforzados al inicio del próximo año escolar.
- Recuperación de clases debido al Paro Docente
En el marco de la responsabilidad de los sostenedores de establecimientos subvencionados de mantener en funcionamiento su establecimiento educacional, en la forma y condiciones exigidas por la Ley de Subvenciones, y a fin de cumplir con dicha obligación legal, estos adoptaron las medidas pertinentes para recuperar las clases no impartidas con motivo de la paralización de actividades docentes de este año y permitir el pago de la respectiva subvención.
Con esta finalidad algunos sostenedores recalendarizaron, contando con la aprobación de la autoridad regional la recuperación de las clases perdidas. Los sostenedores tendrán la opción de cumplir dicha programación en los meses de diciembre y enero próximo, o bien, al inicio del año escolar 2020. En este último caso, el año escolar deberá iniciarse durante el mes de febrero, lo que permite reforzar a los estudiantes y nivelar sus aprendizajes. La opción elegida deberá ser informada a la respectiva Secretaría Regional Ministerial, hasta el miércoles 4 de diciembre del presente año. De no entregar esta información, continuará vigente la calendarización aprobada.
- Pago de Subvenciones
Respecto de aquellos establecimientos que, durante el período comprendido entre el 21 de octubre y la finalización del año lectivo, vieron afectada la asistencia de sus estudiantes, el Ministerio de Educación se encuentra estudiando las medidas necesarias para asegurar que el pago de la subvención no se vea afectado.
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