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Medidas Corfo por Emergencia Covid-19

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Información por EmergenciaDe acuerdo con el avance del contagio del Coronavirus en el país, y la activación de los protocolos preventivos y sanitarios dispuestos por las respectivas autoridades, hemos cancelado todas las charlas, talleres, eventos y ferias organizadas por Corfo; y nuestro Cowork permanecerá cerrado al público externo.Nuestra Unidad de Clientes ha reforzado la atención de forma virtual para los beneficiarios a través del Chat Online, disponible entre las 9:00 y las 17:00 horas, el contacto telefónico a través del número 600 586 8000 y el mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Los ejecutivos de las distintas gerencias de Corfo también están disponibles en modalidad de trabajo a distancia, por lo que pueden seguir orientando a través de correo electrónico, contacto telefónico o a través de videoconferencia.

El Estadio Corfo se encuentra cerrado.Además, estaremos actualizando toda información a través de nuestras Redes Sociales.

Extensión y flexibilidad de plazos por contingencia

A los beneficiarios e intermediarios Corfo o su Comité InnovaChile informamos que dada la contingencia que nos afecta, y con la finalidad de velar por la correcta ejecución de los proyectos y la obtención de sus resultados y productos, les solicitamos comunicar a los ejecutivos técnicos la necesidad de prorrogar los plazos de ejecución de las actividades contempladas en ellos, o para la entrega de informes de avance o final establecidos en las bases, reglamentos, manuales o convenios celebrados. Los ejecutivos recibirán las solicitudes, las analizarán e informarán sobre los trámites administrativos que deberán cumplirse en cada caso.

En relación a la ejecución de los proyectos se debe distinguir entre el plazo para desarrollar las actividades y el plazo de vigencia de los contratos o convenios o de la relación contractual con Corfo para la ejecución de cada iniciativa.

En este escenario se deberá tener presente:

  1. a) En el caso de los proyectos que fueron adjudicados y que tienen como plazo máximo de ejecución el máximo contemplado en las bases o reglamentos del instrumento y el plazo vence en los próximos días, es necesario fundar el mayor plazo a otorgar en una situación de fuerza mayor que impidió su normal desarrollo, por un hecho no imputable a su voluntad. La prórroga debería ser proporcional al tiempo que se mantenga la fuerza mayor.
  2. b) Si la situación que los afecta impide que el proyecto se siga ejecutando, se deberá analizar si concurren los requisitos para poner término anticipado al convenio, sea a petición de parte o de oficio por Corfo o InnovaChile, entendiendo que la situación sanitaria que vive el país no es imputable a su voluntad y, por tanto, se reconocerían los gastos hasta que esa decisión se comunique por el beneficiario o intermediario –si es a petición de parte; o se adopte y notifique – si la decisión es de Corfo o InnovaChile.
  3. c) Si consideramos que la situación sanitaria es transitoria y ajena a la voluntad del beneficiario, podrá analizarse también la posibilidad de suspensión (y no de término anticipado), si es posible que las actividades se retomen en el futuro sin perjudicar el desarrollo del proyecto y sus resultados. La suspensión puede ser declarada de oficio o a petición de parte, reiniciándose su ejecución cuando cese el impedimento. Autorizada la suspensión se rechazará la imputación de cualquier gasto efectuado con cargo al proyecto en ese período (en el caso de proyectos de InnovaChile, Gerencia de Emprendimiento y de Capacidades Tecnológicas) o se podrán efectuar aquellos gastos estrictamente indispensables para la mantención del proyecto, los cuales deberán haber sido identificados en la solicitud y autorizados expresamente por Corfo, en el caso de instrumentos de la Gerencia de Redes y Competitividad.
  4. d) En el caso de los proyectos que necesitan que se prorrogue el plazo de presentación de informes de avance o final (manteniéndose el plazo del período a informar convenido), pues el beneficiario o intermediario requiere de más tiempo para preparar la información técnica y/o financiera a presentar, es posible prorrogar sólo el plazo de entrega de los informes y, entonces, la decisión de Corfo deberá considerar la agilización de revisión de los informes técnicos y rendición de cuentas, y solicitar la prórroga de la vigencia de los documentos de garantía, en los casos que así lo ameriten. Además, en el caso de los informes de avance se deberá tener especial cuidado si su presentación y aprobación condicionan la entrega de cuotas durante 2020.

La prórroga de plazo de ejecución de las actividades trae aparejada la ampliación del plazo para presentar el informe final, aunque también se puede comprometer que la revisión demorará menos tiempo. En cada caso se deberá evaluar la prórroga de la vigencia de las garantías.

  1. e) Respecto de hitos críticos (condiciones resolutorias, de cuya aprobación depende que un proyecto siga ejecutándose) establecidos en las bases o fijados por un órgano colegiado, se deberá analizar si otorgar un plazo más amplio para su cumplimiento (en el caso de estar fijado en las bases, argumentando fuerza mayor), o poner en conocimiento del órgano colegiado que estableció el hito, para que adopte la decisión de prorrogar el plazo para acreditar el cumplimiento.
    f) En el caso de los instrumentos de inversión que operan con hitos de materialización, deberá analizarse el otorgamiento de un plazo mayor para acreditar la inversión y, quizás, en algunos casos en que el proyecto haya sido dañado por un acto contra la propiedad, adoptar la decisión de poner término anticipado al convenio.

En todos los casos antes mencionados se debe tener presente que los documentos de garantía que obran en poder de Corfo e InnovaChile deben cumplir con los plazos de vigencia regulados en las bases y reglamentos, por lo que podría verse en la obligación de prorrogar la vigencia.

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