- La iniciativa modifica el delito de “asociación ilícita”, se establecen incentivos a la delación y se facilitan nuevas técnicas de investigación.
Mediante un acto en el Palacio de La Moneda en el que estuvo acompañado por los ministros del Interior, Rodrigo Delgado, y de Justicia, Hernán Larraín; el general director de Carabineros, Ricardo Yañez; y el director general de la PDI, Héctor Espinosa, el Presidente Sebastián Piñera firmó este domingo 27 de diciembre el proyecto de ley para perseguir y sancionar con más y mejores instrumentos a la delincuencia organizada.
Proyecto que será enviado en los próximos días al Congreso, al respecto el Mandatario expresó que “las bandas delictuales y el crimen organizado han significado la pérdida de muchas vidas, han atemorizado a barrios enteros, han esclavizado a muchos jóvenes, han destruido muchas familias y han provocado un gravísimo daño a nuestra sociedad. Estamos en un punto de inflexión que nos obliga a actuar ahora y con decisión y urgencia, porque mañana podría ser demasiado tarde”
Por su parte la Intendenta Rebeca Cofré aplaudió la medida señalando que “esta ley hará frente a una terrible realidad que como sociedad estamos viviendo, como lo son las bandas delictivas y el crimen organizado. Por tanto, queremos con este proyecto de ley contribuir a devolver la seguridad y la paz a las familias, tanto de nuestra región como del país”.
PROYECTO DE LEY CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO
El proyecto de ley modifica el delito de “asociación ilícita” en el Código Penal, reemplazándolo por dos figuras: la asociación delictiva y la asociación criminal.
La Asociación Delictiva sancionará a quienes formen parte de una organización delictiva para cometer simples delitos, con penas de privación de libertad de hasta 5 años.
La Asociación Criminal, por su parte, sancionará a quienes formen parte de una organización delictiva para cometer crímenes, con penas de privación de libertad que llegan hasta los 10 años.
Con esto se establecen criterios claros para cuando se está en presencia de una “asociación” y no simplemente en un concierto de voluntades para cometer un delito.
El sólo hecho de “organizarse” será delito, con independencia de si se comete o no el delito que se planifica.
Para darla por establecida, el tribunal deberá apreciar una asociación delictiva o criminal atendiendo a la cantidad de sus miembros, su dotación de recursos y medios y su capacidad de planificación y acción sostenida en el tiempo.
Además, la iniciativa establece una regla de incentivo a la delación por parte de alguno de los miembros de la organización criminal. Así, el tribunal puede prescindir de las penas que hubieren correspondido, o imponer una inferior en uno o dos grados, dependiendo de la intensidad de la colaboración.
El proyecto de ley también propone la modificación y facilitación de las técnicas especiales de investigación (agentes encubiertos, interceptaciones telefónicas e infiltración de redes u grupos criminales operando en el país), extensible a todos los hechos constitutivos de criminalidad organizada, con la autorización del juez de garantía.
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