El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz condenó a José Antonio Moreno Rojas a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio. Ilícito perpetrado en agosto de 2018, en la comuna de Peralillo.
En fallo unánime (causa rol 76-2019), el tribunal –integrado por los magistrados Alejandro González Rodríguez (presidente), Rodrigo Gómez Marambio y Gricelda Valenzuela Rodríguez (redactora)– aplicó, además, a Moreno Rojas las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que momentos antes de las 24 horas del 25 de agosto de 2018, “la víctima Alamiro del Carmen Serrano Núñez salía junto a otras personas del club de rayuela ubicado en la Villa El Esfuerzo del sector de Población de la comuna de Peralillo, donde habían estado compartiendo, circunstancias en que se encuentran con el acusado José Antonio Moreno Rojas, a quien ya habían conminado a retirarse por haber estado gritando improperios, manifiestamente ebrio, repitiendo esto ya que continuaba en esa actitud. En ese contexto el acusado extrae de sus vestimentas un arma blanca con la cual le propina una estocada a la víctima en su abdomen, quien cae al suelo, dándose a la fuga Moreno Rojas”.
Frente a esta situación, testigos llamaron a Carabineros, quienes llegaron al lugar y trasladaron a la víctima al Hospital de Marchigüe, “donde Serrano Núñez fue atendido por la médica de turno, oportunidad en que la que aquel fue grosero y se opuso al procedimiento correspondiente, diagnosticándole únicamente una lesión leve de tipo cortante en el flanco izquierdo, siendo derivado a su domicilio, donde lo recibió su hermana”.
“A la mañana siguiente, es decir, el 26 de agosto y debido al delicado estado de salud de la víctima, producto de la estocada propinada por el imputado, su hermana lo traslada al Hospital de Marchigüe, alrededor de las 14 horas, oportunidad en la que es examinado por el médico de turno y debido a la gravedad de su salud es trasladado al Hospital de Santa Cruz, ingresando a este lugar a las 17.54 horas, lugar en el que es operado producto de la gravedad de su lesión abdominal, falleciendo finalmente a las 22.44 horas, producto de un shock hipovolémico a consecuencia de un traumatismo cortopunzante penetrante abdominal”, añade.
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