RANCAGUATV™ Tu Columna de Opinión a: prensa@rancaguatv.cl

Arrow up
Arrow down

PUBLICIDAD

Ya son más de 10 años de información y entretención para usted ►

JUZGADOS

TOP DE RANCAGUA CONDENA A PRESIDIO PERPETUO CALIFICADO A AUTOR DE ROBO CON HOMICIDIO DE CONCEJAL DE PICHIDEGUA

TOP DE RANCAGUA CONDENA A PRESIDIO PERPETUO CALIFICADO A AUTOR DE ROBO CON HOMICIDIO DE CONCEJAL DE PICHIDEGUA

 

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Franco Esteban Arriaza Lara a la pena de presidio perpetuo calificado, en calidad de autor del delito consumado de robo con violencia en las personas calificado por homicidio. Ilícito perpetrado en octubre de 2018, en la comuna de Pichidegua.

 


 

En fallo unánime (causa rol 352-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Gloria Calvo Godoy (presidenta), Hernán González Muñoz y Raúl Baldomino Díaz (redactor)– aplicó, además, a Arriaza Lara las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo que establece el Código Penal.

 

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

 

El tribunal además condenó al acusado Nicolás Jesús Garrido Aliste, a la pena de cien (100) días de presidio, una multa de 5 unidades tributarias mensuales y accesorias legales de suspensión de todo cargo u oficio público durante 61 días a contar de la fecha en que quede ejecutoriada esta sentencia, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de receptación de especies. Ilícito cometido el día 22 de octubre de 2018, fecha del allanamiento a su domicilio, en la comuna de Pichidegua.

 

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 16:00 horas del 13 octubre de 2018, « la víctima Tulio Enrique Rojas Lizama, concejal de la comuna de Pichidegua, salió de su inmueble en dirección Sector de Almahue a reunirse con vecinos de su comuna en su calidad de concejal, juntándose con una persona dueño de un almacén y su familia en el Sector de Pichidegua. Estando en dicha reunión, Tulio Rojas Lizama recibió llamados telefónicos del imputado FRANCO ESTEBAN ARRIAZA LARA, al menos en cuatro ocasiones, el cual ya en horas de la mañana de ese día le había enviado mensajes de texto reclamándole juntarse para entregarle ciertas mercaderías que poseía para él.

 

Finalizada la visita antes indicada, Tulio Rojas Lizama, conduciendo su vehículo Mazda, modelo 3 S 1.6, color gris, placa patente DZGL.31, se retiró del lugar dirigiéndose hasta el servicentro Copec, ubicado en la comuna de Pichidegua, lugar donde procedió a girar dinero desde el cajero automático existente en el lugar, para posteriormente dirigirse en su vehículo hasta el costado norponiente del río Cachapoal, Sector Codao, comuna de Peumo, a reunirse con el acusado FRANCO ESTEBAN ARRIAZA LARA, a eso de las 19:30 horas aproximadamente del mismo día.

 

Una vez en el lugar, el imputado procedió apuñalar al concejal Tulio Rojas, dejándolo herido y sustrayéndole las especies de valor que portaba: su anillo de matrimonio, un segundo anillo con las iniciales TR, ambos de oro; el teléfono móvil que le proporcionaba la ilustre Municipalidad de Pichidegua, marca Samsung modelo Galaxy j5; una pulsera de plata; y, una billetera de cuero color azul oscuro tipo chequera, además, de las llaves del vehículo en que se movilizaba la víctima, dejándolo abandonado a su suerte.

 

Luego, el acusado vuelve al lugar, encuentra que el vehículo está manchado por fuera con sangre en diversas partes, borra con su ropa algunas señales que había dejado la víctima, la ubica a unos metros del automóvil aún con vida y le vuelve a apuñalar y, esta vez, además le golpea el cráneo con una piedra u otro objeto contundente.

 

Producto de estos ataques, la víctima sufrió cinco heridas cortantes en su espalda, y dos en la parte anterior del tórax, además de heridas cortantes en una de sus manos, y un traumatismo encefálico craneano, todas estas heridas y golpes le provocaron finalmente su muerte. Su cuerpo sería encontrado recién el martes 16 de octubre de 2018, en horas de la tarde, ya fallecido y con todo su tórax, extremidades superiores y cráneo carcomidos posiblemente por la fauna del lugar, y con una fractura a nivel mandibular que no fue posible establecer si fue causada por su agresor o por los animales carroñeros que posteriormente consumieron los órganos del afectado.

 

Terminado el ataque homicida y sustracción de especies del agraviado, el encartado FRANCO ESTEBAN ARRIAZA LARA intentó quemar el vehículo marca Mazda del fallecido, utilizando ramas que recogió en los alrededores y que puso sobre el asiento del copiloto, junto a papeles y documentación que había al interior de este, y les prendió fuego. Sin embargo, el fuego no alcanzó a propagarse del todo amagándose este de forma espontánea, generando que el asiento se quemara en gran parte, que los vidrios e interior de la cabina quedaran polarizados por el humo y hollín generado.

 

Posteriormente, el imputado FRANCO ESTEBAN ARRIAZA LARA se da a la fuga del lugar, concurriendo a la casa del imputado NICOLÁS JESÚS GARRIDO ALISTE, ubicado en calle Chorrillos s/n Población Chorrillos, comuna de Pichidegua, a quien vendió un anillo de oro con las iniciales de TR, (Tulio Rojas) en la suma de $100.000, joya adquirida por GARRIDO ALISTE para sí, quien no podía menos que conocer el origen ilícito de dicha especie. Días después, el 22 de octubre del año 2018, a eso de las 21:00 horas, funcionarios de la Policía de Investigaciones realizaron una entrada de registro voluntario en el inmueble del acusado GARRIDO ALISTE, y al registro se halló en el interior de este, el anillo de oro con las iniciales de TR, gracias a la colaboración de este quien les indicó dónde lo tenía guardado, a quién se lo había comprado y en qué circunstancias y valor.

 

Asimismo, FRANCO ESTEBAN ARRIAZA LARA, concurrió hasta el domicilio de Johana Valeska Fuentes Vargas [condenada en procedimiento abreviado], ubicado en la comuna de Pichidegua, a quien le hace entrega de una cadena de metal blanco que tiene una estructura compuesta por tres eslabones pequeños continuando de uno más extenso, que era de propiedad del concejal Tulio Rojas, y del aparato telefónico móvil que portaba la víctima al momento del ataque. Personal de la Brigada de Homicidios y personal de la unidad MT0 de la Bicrim de San Vicente de Tagua Tagua, producto de las averiguaciones policiales ocurridas a partir del descubrimiento del cuerpo, con la debida orden judicial, allanaron el domicilio de la referida el día 08 de agosto del año 2019, encontrando tras el debido registro a la acusada Johana Valeska Fuentes Vargas, a quien se le encontraron varias joyas, entre ellas, la cadena de metal blanco con estructura compuesta por tres eslabones pequeños continuando con uno más extenso, perteneciente al occiso Tulio Enrique Rojas Lizama, reconociendo que se la había comprado al encausado FRANCO ESTEBAN ARRIAZA LARA».

TOP DE RANCAGUA CONDENA A 4 AÑOS DE PRESIDIO A AUTOR DE PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA

TOP DE RANCAGUA CONDENA A 4 AÑOS DE PRESIDIO A AUTOR DE PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA

 


 

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Sebastián Elías Rivero Rivero a la pena de 4 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego prohibida. Ilícito perpetrado en septiembre de 2019, en la ciudad.

 

En fallo unánime (causa rol 237-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Hernán González Muñoz (presidente), Carolina Garrido Acevedo y David Gómez Palma (redactor)– aplicó, además, a Rivero Rivero las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de las costas de la causa.

 

Asimismo, el tribunal decretó el comiso de la escopeta hechiza compuesta de dos tubos y del cartucho calibre 12 que fueron incautados al acusado.

 

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que “a las 06.30 horas del día 10 de septiembre de 2019, en la intersección de las calles Santa María con Aurora de la comuna de Rancagua, Sebastián Elías Rivero Rivero fue sorprendido portando un bolso en cuyo interior mantenía una escopeta de fabricación artesanal compuesta de dos tubos, en cuyo interior se encontraba un cartucho convencional calibre 12 milímetros, encontrándose además apta para el disparo”.

TOP DE RANCAGUA CONDENA A 10 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO A AUTOR DE VIOLACIÓN DE MENOR DE 14 AÑOS

 

TOP DE RANCAGUA CONDENA A 10 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO A AUTOR DE VIOLACIÓN DE MENOR DE 14 AÑOS

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Manuel Alejandro Román Ramírez a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado, reiterado y calificado de violación de menor de 14 años. Ilícitos perpetrados durante 2017 y enero del 2018, en la ciudad.

 


 

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistrados Cristián Fredes Hernández (presidente), Roberto Cociña Gallardo y Raúl Baldomino Díaz (redactor)– aplicó, además, a Román Ramírez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de condena.

Asimismo, el condenado Román Ramírez quedó privado de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere y de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la víctima, sus ascendientes y descendientes; a la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oídos como pariente en los casos que la ley designa y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en fechas indeterminadas del año 2017 y en enero de 2018, Manuel Alejandro Román Ramírez, al interior del hogar común, ubicado en la ciudad de Rancagua, que mantenía con su pareja, L.N.R.J, con quien tenía dos hijos de uno y tres años de edad a dicha fecha, y aprovechando que L.N.R.J. salía a trabajar fuera de la ciudad y que él quedaba al cuidado de sus hijos comunes y de la hija de su pareja, una menor de entonces 8 y 9 años, procedió a violarla en forma reiterada. Conducta que fue develada el 5 de febrero de 2018, cuando la menor le contó a su madre lo que estaba ocurriendo.

TOP DE RANCAGUA CONDENA A 5 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO A AUTOR DE VIOLACIÓN IMPROPIA

1 TOP Rancagua

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Diego Antonio Parada Latorre a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de violación de menor de 14 años (violación impropia). Ilícito perpetrado en noviembre de 2018, en la ciudad.

 


 

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados César Torres Mesías (presidente), Óscar Castro Allendes y María Esperanza Franichevic’ Pedrals (redactora)– aplicó, además, a Parada Latorre las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.

 

El tribunal impuso al sentenciado a las penas accesorias de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente, respecto de la menor ofendida, en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad policial durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, y la prohibición de acercarse a la ofendida, a su domicilio o establecimiento educacional por el término de la condena.

 

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en un día indeterminado de noviembre de 2018, la víctima, de 13 años de edad a dicha época, visitó la casa del acusado, Diego Antonio Parada Latorre, ubicada en la población Claudio Arrau de Rancagua. En el inmueble, el condenado, quien era amigo de la víctima y de su familia, procedió a tomarla por la fuerza y a consumar la violación.

TOP DE SAN FERNANDO CONDENA A 7 AÑOS DE PRESIDIO A AUTOR DE VIOLACIÓN 

Juzgado de Garantia y TOP San FernandoJPG


El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando condenó a Emilio del Carmen Araya Valdebenito a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de violación de mayor de 14 años. Ilícito perpetrado en noviembre de 2019, en la comuna.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistrados Marcela Yáñez Cabello (presidenta), Felipe Cortés Ibacache y Álvaro Lezama Orellana (redactor)– aplicó, además, a Araya Valdebenito las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de condena; más el pago de las costas del proceso.

Asimismo, el tribunal impuso a Araya Valdebenito las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oídos como parientes en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y a la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad por el lapso de 10 años.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 21 horas del 23 de noviembre de 2019, el menor nacido el 7 de diciembre de 2004, se encontró con el acusado Emilio del Carmen Araya Valdebenito, quien era profesor de una hermana de la víctima, en el mall de la comuna de San Fernando, puesto que iban a participar en una manifestación social.

Víctima y acusado caminaron por calle España y, al llegar a la calle Renato Gaona, en la comuna de San Fernando, se sentaron en una plaza que existe en el lugar. Ahí, Araya Valdebenito violó, utilizando la fuerza, vía bucal al menor.

TOP DE RANCAGUA CONDENA A 3 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO A AUTOR DEL DELITO DE RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO

TOP DE RANCAGUA CONDENA A 3 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO A AUTOR DEL DELITO DE RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO

 


 

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Marcelo Ignacio Fuentealba Flores a 3 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado. Ilícito perpetrado en marzo de 2019, en la ciudad.

 

En fallo unánime (causa rol 564-2019), el tribunal –integrado por los magistrados María Esperanza Franichevic (presidenta), Marcela Paredes Olave y Hernán González Muñoz (redactor)– aplicó, además, a Fuentealba Flores las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas; más el pago de una multa de 5 UTM y de las costas de la causa.

 

Asimismo, el tribunal condenó a Fuentealba Flores al pago de una multa de una UTM y la suspensión de la licencia de conducir por seis meses, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol causando daños.

 

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las dos de la madrugada del 23 de marzo de 2019, Fuentealba Flores conducía bajo la influencia del alcohol el vehículo placa patente única NF-9826, por Avenida República de Chile de la comuna de Rancagua, con las luces apagadas y sin dichas placas patente, por lo fue seguido por una patrulla de Carabineros.

 

Al detectar la presencia policial, el condenado se dio la fuga, pero debido a su estado etílico, perdió el control del automóvil en la intersección de la avenida República con calle Soto Grande, lugar donde impactó a un vehículo marca Daewoo, causándole daños que avaluados por su propietario en la suma de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos). 

 

Fuentealba Flores fue sometido a examen respiratorio, el que arrojó la cantidad de 0,67 gramos del alcohol por litro de sangre; en tanto, la alcoholemia marcó 0,49 gramos del alcohol por litro de sangre.

 

Asimismo, los funcionarios policiales constataron que el vehículo que conducía el condenado, mantenía un encargo vigente por robo, conforme a un parte denuncia de la Tenencia de Coltauco del 18 de marzo de 2019, “conociendo el imputado o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la especie”.

JUEZ DE GARANTÍA DE RENGO PARTICIPÓ EN CONVERSATORIO INTERNACIONAL SOBRE JUSTICIA PENAL

JUEZ DE GARANTÍA DE RENGO PARTICIPÓ EN CONVERSATORIO INTERNACIONAL SOBRE JUSTICIA PENAL


El juez del Juzgado de Garantía de Rengo, Héctor Benavides, participó en el conversatorio internacional denominado “Justicia Penal por Videoconferencia Práctica México-Chile”.

“En la instancia se presentaron distintas exposiciones compartiendo las experiencias del desarrollo de audiencias virtuales tanto en Chile como en México, viendo los beneficios y costos que esto ha llevado para el sistema penal. Una actividad académica que resultó exitosa donde además se presentaron los desafíos que se vienen de aquí en adelante con esta forma de trabajo virtual”, expresó el juez Benavides.

En el conversatorio, que se trasmitió a través de las redes sociales de Facebook y Youtube, estuvieron además como exponentes el titular de la unidad de asuntos especiales de la Fiscalía General del Estado de Michoacán (México), Jorge Camacho; la jueza de control del tribunal de enjuiciamiento del Estado de Tamaulipas (México), María del Carmen Cruz y el abogado penalista de la Universidad de Chile, Pablo Villar.

La actividad virtual fue organizada por la Asociación de Pensamiento Penal de Chile y el Centro de Capacitación de Litigación Estratégica, contando además con el patrocinio de la Universidad La República, sede Rancagua.