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NUEVO PLAN DE DESCONTAMINACIÓN MP 2,5 APUNTA A DISMINUIR LA EMISIÓN DE MATERIAL PARTICULADO PROVOCADO POR QUEMAS AGRÍCOLAS Y DOMICILIARIAS

NUEVO PLAN DE DESCONTAMINACIÓN MP 25 APUNTA A DISMINUIR LA EMISIÓN DE MATERIAL PARTICULADO PROVOCADO POR QUEMAS AGRÍCOLAS Y DOMICILIARIAS

 

El nuevo instrumento ambiental establece nuevos plazos, regulando su realización, ya que la quemas de rastrojo y vegetación, son la segunda fuente de contaminación del aire en el valle central de la región, además, se prohíbe las quemas domiciliarias durante todo el año. 


 

04 septiembre 2023.- El nuevo Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) por MP 2,5 comenzó a aplicarse desde el 29 de marzo del 2023 y con él se introdujo un cambio respecto de los plazos en que se prohíbe realizar quemas agrícolas en las 17 comunas del valle central de O´Higgins. 

 

Es objetivo de este nuevo instrumento ambiental es mejorar la calidad del aire y las quemas agrícolas son la segunda fuente de contaminación del aire después de la leña en el las 17 comunas del valle central de O´Higgins: Graneros, Rancagua, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coínco, Quinta de Tilcoco, San Vicente de Tagua Tagua, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo, por lo cual con estas medidas se busca reducir la emisión de material particulado. 

 

Las quemas generan contaminación del aire y está demostrado que existe una relación entre la concentración de material particulado respirable, MP2,5 y los efectos nocivos de corto plazo sobre la salud de las personas. Este aumento en casos de mortalidad y morbilidad se manifiesta a través de muertes prematuras por causas cardiovasculares y respiratorias, además de hospitalizaciones, consultas en servicios de urgencia viéndose afectadas principalmente adultos mayores, embarazadas, niñas y niños. 

Es así como, el nuevo PDA por MP 2,5 establece que desde su entrada en vigencia se prohíbe la quema de rastrojos y de cualquier tipo de vegetación viva o muerta, en los terrenos agrícolas, ganaderos o de aptitud preferentemente forestal de la zona saturada, de acuerdo al siguiente cronograma: 

 

1. Desde la entrada en vigencia del presente Decreto: en el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 15 septiembre de cada año. 

2. A contar del tercer año de la entrada en vigencia del presente Decreto: en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de cada año. 

3. A contar del quinto año de la entrada en vigencia del presente Decreto: en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.

 

Si bien las quemas están arraigadas como prácticas habituales en el sector agrícola, cada vez toman más fuerza alternativas a esta práctica, que permiten utilizar los restos de tallos u hojas que quedan en el terreno tras cortar un cultivo, a través de máquinas chipeadoras, que trituran los residuos vegetales como podas, transformándolos en mulch o chip que pueden servir para incorporar en el  jardín de los hogares o plazas, permitiendo mantener la humedad del suelo lo que conlleva a requerir menos riego e incluso pueden reemplazar el pasto,  transformando los espacios en jardines sustentables que requieren un bajo consumo hídrico. De igual forma, los restos de poda u hojas, pueden ser incorporados en el proceso de compostaje o vermicompostaje de residuos orgánicos.

 

Para la Seremi del Medio Ambiente, Giovanna Amaya, “resulta crucial comenzar a transformar las antiguas prácticas en prácticas sustentables en pos del medio ambiente, ya que al realizar quemas de residuos agrícolas, no solo empeoramos la calidad del aire, también provocamos pérdida de biodiversidad y el empobrecimiento de los suelos de cultivo. Esto va en la línea de convertirnos en el primer Gobierno Ecológico de la historia de nuestro país, lo que significa pensar en el desarrollo sin dejar de lado el cuidado del medio ambiente y la calidad de vida de las personas que habitan los territorios”.

 

Residuos prohibidos de quemar durante todo el año

 

El nuevo Plan de Descontaminación PDA, también establece la prohibición durante todo el año de la quema de neumáticos u otros elementos contaminantes, como practica para prevenir o evitar los efectos de las heladas y cualquier otro fin. 

 

Además, se establece la prohibición en la zona saturada de la quema libre de hojas secas y de todo tipo de residuos en la vía pública o en recintos privados. Medidas permanentes aplicadas en las 17 comunas de la zona saturada.

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