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TOP DE RANCAGUA

  • TOP DE RANCAGUA CONDENA A 12 AÑOS DE PRESIDIO A AUTOR DE ABUSO SEXUAL Y VIOLACIÓN DE MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD

    Top Rancagua 7


    El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a N.M.O.R. a la pena única de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual y violación de menor de 14 años. Ilícitos perpetrados entre 2015 y 2017, en la comuna de Olivar.

    En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistrados Paola González López (presidenta), Cristián Fredes Hernández y Hernán González Muñoz (redactor)– aplicó, además, a N.M.O.R. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de condena.

    Además, el tribunal impuso al condenado las accesorias especiales de privación de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad y la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o el establecimiento educacional que corresponda por el tiempo que dure la condena.

    Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

    El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en días indeterminados entre 2015 y 2017 y en circunstancias que la víctima visitaba la casa de N.M.O.R., ubicada en la comuna de Olivar, toda vez que el acusado es su tío y sus respectivos domicilios comparten terreno, el sentenciado aprovechaba esta circunstancia para abusar y violar a la menor.

  • TOP DE RANCAGUA CONDENA A 3 AÑOS Y 1 DÍA DE PRESIDIO A AUTOR DEL DELITO DE ROBO EN LUGAR NO HABITADO

    4 TOP RANCAGUA

     


    El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Livio Andrés Sepúlveda Molina a la pena de 3 años y 1 día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo en lugar no habitado. Ilícito perpetrado en marzo del año pasado, en el territorio jurisdiccional del tribunal.

    En fallo unánime (causa rol 190-2020), el tribunal –integrado por las magistradas Paola González López (presidenta), Paulina Chaparro Bossy y Rode Reyes Reumay (redactora)– aplicó, además, a Sepúlveda Molina las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de las costas del proceso.

    Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

    El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 16 horas del 6 de octubre de 2019, el acusado concurrió hasta el domicilio de la víctima M.A.G.F., quien se encontraba en el lugar, ingresando hasta el patio del inmueble mediante el escalamiento del cierre perimetral, lugar donde comenzó a sustraer paltas que se encontraban en el sitio, las cuales guardó en una bolsa de nylon, color azul, para luego huir del lugar, con las especies en su poder.

  • TOP DE RANCAGUA CONDENA A 5 AÑOS Y 6 MESES DE PRESIDIO A AUTOR DE ROBO CON INTIMIDACIÓN EN SAN FRANCISCO 

    TOP DE RANCAGUA CONDENA A 5 AÑOS Y 6 MESES DE PRESIDIO A AUTOR DE ROBO CON INTIMIDACIÓN EN SAN FRANCISCO

    • El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Cristián Andrés Pérez Gutiérrez a la pena efectiva de 5 años y 6 meses de presidio, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en mayo pasado, en la comuna de San Francisco de Mostazal.

    En fallo unánime (causa rol 293-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Paola González López (presidenta), Hernán González Muñoz y Raúl Baldomino Díaz (redactor)– aplicó, además, a Pérez Gutiérrez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

    Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

    El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que «el día 13 de mayo de 2020 la víctima de 17 años de iniciales B.A.A.T. transitaba por el sector puente Azul hacia su domicilio en la comuna de Mostazal y se percata que lo seguía una persona que resulta ser el acusado, deteniéndose para ver si requería algo. En esas circunstancias, el acusado le aborda e intimida exhibiéndole un cuchillo tipo cocinero, al tiempo que le exige la entrega de sus especies; la víctima trata de huir y es alcanzada por el acusado quien trató de cortarlo con la cuchilla en su espalda, los que esquiva la víctima, pero finalmente lo hiere, provocándole a la víctima una herida cortante en su brazo izquierdo y otras heridas en sus dedos medio e índice izquierdos de carácter leve, consiguiendo el agresor que la víctima le entregara su cédula de identidad, su tarjeta bancaria cuenta Rut, dos polerones y un par de zapatillas, huyendo el malhechor del lugar con las especies en su poder”.

  • TOP DE RANCAGUA CONDENA A 5 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO A AUTOR DE HOMICIDIO SIMPLE EN CODEGUA

    TOP DE RANCAGUA CONDENA A 5 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO A AUTOR DE HOMICIDIO SIMPLE EN CODEGUA


    El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Osvaldo Daniel Nahuel Millán a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en mayo del 2018, en la comuna de Codegua.

    En fallo unánime (causa rol 125-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Paola González López (presidenta), Cristián Fredes Hernández y Raúl Baldomino Díaz (redactor)– aplicó, además, a Nahuel Millán las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

    Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

    En el aspecto civil, el tribunal condenó a Nahuel Millán al pago de $10.000.000 (diez millones de pesos) por concepto daño moral, a la madre de la víctima.

    El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que a partir de las 20 horas del 24 de mayo de 2018, trabajadores que se desempeñaban en labores de construcción al interior del fundo San Jorge, ubicado en el sector Los Nogales de la comuna de Codegua, “procedieron a realizar una convivencia, que incluyó el consumo de carnes y bebidas alcohólicas”.

    En dicho contexto, pasadas la cero hora del 25 de mayo de 2018, “en el sector destinado a comedor de los trabajadores, el imputado Osvaldo Daniel Nahuel Millán, apodado el Balero, agredió a la víctima Jorge del Tránsito Barriga Barriga, producto de una discusión por causas que se desconocen, empleando para ello un cuchillo marca Tramontina con una hoja de metal de 15 centímetros de largo y con mango de madera de color café de 15 centímetros, provocándole a Jorge Barriga tres heridas corto punzantes en su cuerpo: la primera, en el rostro, específicamente en la región geniana izquierda, con una dimensión de 5 centímetros de largo y 1 centímetro de ancho; la segunda, en la región clavicular izquierda, una herida cortopunzante de 2,5 centímetros de largo por 0,2 centímetros de ancho; y, la tercera herida, en el tercio superior de la cara anterior del hemitórax derecho, causándole una herida cortopunzante de 3 centímetros de largo por 1 centímetro de ancho, ocasionándole el corte de una arteria pulmonar y la pérdida de tres litros de sangre, lesiones que le causaron la muerte por anemia aguda, debido a una agresión con arma blanca”. 

    Tras la agresión, Barriga Barriga se dirigió hasta el sector destinado a dormitorios, para solicitar ayuda, indicándole a los compañeros de trabajo que se encontraban en dichas dependencias que “el Balero” lo había apuñalado. La víctima falleció durante el traslado en ambulancia hacia un centro asistencial.

  • TOP DE RANCAGUA CONDENA A 7 AÑOS Y 184 DÍAS DE PRESIDIO A AUTOR DEL DELITO DE ROBO TENTADO

    TOP DE RANCAGUA CONDENA A 7 AÑOS Y 184 DÍAS DE PRESIDIO A AUTOR DEL DELITO DE ROBO TENTADO

    El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Cristián Edwards Banda Hernández a la pena de 7 años y 184 días de presidio efectivo, en calidad de autor del delito tentado de robo con fuerza en lugar habitado. Ilícito perpetrado en marzo del año pasado, en la comuna de Rengo.


    En fallo unánime (causa rol 362-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Roberto Cociña Gallardo (presidente), Raúl Baldomino Díaz y Gloria Calvo Godoy (redactora)– aplicó, además, a Banda Hernández las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

    Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

    El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 4.10 horas de la madrugada del 25 de marzo de 2020, en el domicilio situado en calle la Tirana N° 96, Villa Vista Hermosa, de la comuna de Rengo, inmueble que servía de morada a I.A.P. y su grupo familiar, el condenado “procedió a escalar el portón de la reja del antejardín del inmueble, tras lo cual se apoderó de un cilindro de gas que se encontraba en la parte trasera de la vivienda, y en circunstancias que se encaminaba a salir con el objeto en su poder, fue sorprendido por el dueño de casa que abrió la puerta de la cocina y, al verlo, huyó saltando nuevamente la reja hacia la vía pública, dejando el balón de gas en el interior del domicilio, siendo detenido posteriormente por carabineros en las inmediaciones del lugar”.

    En la determinación de la pena, el tribunal tuvo presente “(…) que el delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado en grado de tentativa por el cual fue condenado se encuentra previsto y sancionado en el artículo 440 número 1 en relación con el artículo 432 del Código Penal, con la pena de presidio mayor en su grado mínimo”.

    “Enseguida, cabe señalar que pese al grado de desarrollo que resultó probado, vale decir una tentativa, por aplicación del artículo 450 del Código Penal, esta magistratura se encuentra obligada por mandato legal a considerar el delito como consumado, dejando a un lado el tenor del artículo 52 del mismo cuerpo legal que facultaría a esta sala a imponer al acusado la pena inferior en dos grados a la establecida por ley al delito”, razona el tribunal.

    “Luego, por aplicación del artículo 449 del Código Penal, norma que excluye las reglas generales preceptuadas en los artículos 65 a 69 del referido cuerpo legal al momento de determinar el quantum de la sanción, considerando lo establecido en la regla 2ª del artículo en comento, tratándose el acusado de un reincidente en la comisión de un delito de la misma especie, esta magistratura deberá –al momento de determinar la sanción– y contemplando esta un solo grado, excluir el mínimum del grado”, añade.